19 de junio de 2024

Municipales

Municipales. Tenencia responsable de mascotas

Ordenanza 40/2003

Ley: 10.081/83 I 24449 art. 48 INC s

Señor vecino está prohibido la tenencia de animales sueltos o atados en la vía pública y en terrenos baldíos de la planta urbana sin una persona responsable que la guíe.

Esto provoca un peligro para el animal y para los vecinos.

Se labrará multa al propietario del caballo y del terreno baldío donde se encuentra el mismo procediéndose al retiro del animal.

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