7 de octubre de 2026
El juez Martín Cormick dictó la inconstitucionalidad del decreto con el que el Presidente evitó pagar los salarios y las becas que había votado el Congreso.
El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el decreto 759/2025 a través del cual Javier Milei ideó un artilugio para no cumplir con la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria (LFEU) que había sido aprobada por el Congreso y ratificada por ambas cámaras después de que el Presidente la vetara. Desde el Gobierno ya hicieron saber que recurrirán la sentencia de Cormick para seguir dilatando los pagos para salarios y becas. Mientras tanto, se prepara la quinta marcha en defensa de la educación pública para el 15 de octubre, que coincidirá con el intento en Diputados para voltear el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.
Pocos días después de reiterarle la intimación al Gobierno para que cumpliera con la actualización de salarios y becas -que se había resuelto a través de una medida cautelar-, Cormick dictó un fallo de fondo en el tema que enfrenta a la Casa Rosada con las universidades públicas.
En agosto del año pasado, el Congreso aprobó la LFEU (27.795). El 9 de octubre de ese año, el Presidente, a través del decreto 647, la observó en su totalidad. Es decir, la vetó.
Ambas Cámaras del Congreso insistieron con la sanción de la ley. Para hacerlo, reunieron los dos tercios que ordena el artículo 83 de la Constitución Nacional. Pero eso no bastó para que Milei acatara la decisión del Poder Legislativo.
El 20 de octubre del año pasado, Milei firmó el decreto 759 a través del cual promulgó la ley, pero dijo que quedaba suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional.
El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) promovió una acción de amparo para que se declare la inconstitucionalidad del decreto. En paralelo, el CIN pidió, además, una medida cautelar para que el Gobierno pagara las actualizaciones de salarios docentes y no docentes así como becas.
El 23 de diciembre, Cormick concedió la cautelar y le ordenó al Gobierno cumplir con esos puntos de la LFEU. El 31 de marzo, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal -es decir, los superiores de Cormick- confirmaron su resolución. La Corte Suprema recién validó la cautelar el 25 de junio.
Para cuando los supremos se pronunciaron, el Gobierno había alcanzado un principio de acuerdo con las universidades. Era un incremento salarial del 24,33 por ciento, a pagarse 21,33 por ciento en junio y un tres por ciento adicional en octubre. En el acta quedaba claro que era una actualización que respondía al desfasaje de 2025 y representaba una actualización hasta mayo de este año. Faltaba discutir lo que se arrastraba desde 2024, que fue especialmente impactado por la devaluación inicial de Milei.
A partir de ese acuerdo, el Gobierno le pidió a Cormick que levantara la cautelar porque ya había hecho transferencias en favor de las universidades. Desde el CIN respondieron que era una gota de agua en un océano de incumplimientos.
En las últimas semanas, Cormick intimó dos veces al Gobierno para que cumpliera con los pagos. Hubo apelaciones y excusas para dilatar. El juez advirtió que si continuaban con las demoras les aplicaría astreintes a los funcionarios a cargo del área. En este caso, la apuntada sería la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, de quien depende la subsecretaría de Políticas Universitarias.
Cormick avanzó este martes en la discusión de fondo y sostuvo, tal como pedían el CIN y la Universidad de Buenos Aires, que el decreto 759 es inconstitucional. "En los términos en que fue dictado el decreto 759/2025, éste ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional, siendo que de este modo indirecto se incluyó la mención de suspensión de la voluntad legislativa, configurándose, en sus efectos concretos, en una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional", escribió el magistrado.
Para el juez, la inconstitucionalidad del decreto de Milei se verifica en dos aspectos. En primer lugar, porque la Constitución le asigna al Congreso la atribución de especificar el interés público en lo que hace al gasto público. En segundo lugar, porque el artículo 83 de la Constitución dice que el Presidente debe limitarse a promulgar -y no a suspender- la ley si, luego de haberla vetado, el Congreso insistió con su sanción.
Para Cormick, la suspensión de hecho que hizo Milei es un acto viciado y con defectos de fundamentación. "El acto aparece viciado en su motivación ya que se explaya en argumentaciones empleadas al momento del veto y sostiene sus críticas frente a la constatación de la ausencia de partidas, mas puede observarse que se limitó a activar un uso abusivo del principio de legalidad al formalizar la remisión llana a la norma suspensiva, la regla del artículo 5º de la ley 24.629, concebida en realidad para contar con mejores prácticas en el diseño del gasto público por parte del Congreso", resaltó.
En el fallo, Cormick sostuvo que los jueces están facultados a controlar las decisiones con impacto presupuestario. "Lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado", escribió. "La materia presupuestaria no se encuentra excluida de la intervención jurisdiccional y es la verificación de la existencia de un derecho vulnerado lo que admite la posibilidad de efectuar un control de constitucionalidad", añadió.
En esa línea, el titular del juzgado federal en lo contencioso administrativo 11 recordó que la Oficina de Presupuesto del Congreso entendió que el costo total de la ley para el año 2025 implicaba un 0.23 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI) nominal proyectado.
Por eso, para Cormick, la decisión de Milei no supera un test mínimo de razonabilidad: ya que la Constitución no faculta al Presidente a suspender y no aplicar una ley en la que insistió el Congreso con mayorías agravadas, amparándose en la aplicación de una ley anterior. "Suspender la aplicación de una ley entendiendo que se ha omitido precisar con exactitud las fuentes de financiamiento cuando existe un artículo que da pautas sobre la cuestión, deviene irrazonable", remarcó.
El Gobierno ya hizo trascender que va a apelar el fallo para seguir ganando tiempo. En este expediente lo intentó casi todo: recusó a Cormick por ser docente universitario. Lo mismo hizo con los jueces de la Cámara -incluido Sergio Fernández, que fue uno de los jueces que la Casa Rosada invitó la semana pasada a viajar a París para tratar de captar inversiones-. También buscó impedir que intervinieran en el expediente los supremos Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti con el argumento de que daban clases en universidades públicas. Los cortesanos, que no suelen ser una fuente de problemas para el Presidente, le respondieron que eso no implica que ellos tuvieran un particular interés en cómo iba a resolverse el pleito.
7 de octubre de 2026
Comentarios
0Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Iniciá sesión para dejar tu comentario
Iniciar sesiónCargando comentarios...
Denunciar comentario