19 de abril de 2024

Municipales 29/07/2022

Decreto por el fallecimiento del profesor Roberto Spinelli

Desde la Municipalidad de Saladillo con la firma del Intendente Municipal Ing. José Luis Salomón y de la Secretaria de Gobierno Prof. Viviana Rodríguez, se dio a conocer el correspondiente decreto por el fallecimiento del profesor Roberto Spinelli.

Saladillo, 29 de julio de 2022

VISTO que en el día de la fecha, se ha producido el deceso del Prof. Roberto Nicolás Spinelli, a los 82 años de edad;

CONSIDERANDO que el mismo ha sido un gran militante de la Unión Cívica Radical, demostrando con sus acciones el amor por el partido y el compromiso con la comunidad;

QUE durante varios años, ha participado en la función pública, desempeñándose a la altura de las circunstancias, con vocación pública y de servicio;

QUE, en su recorrido, resultó ser una persona respetable, comprometida y leal a los principios y ejes de gobierno de ese entonces;

QUE, puntualmente, en el año 1988 comenzó su carrera como funcionario en la Subsecretaría de Deportes y Recreación de ésta Municipalidad, y desde allí continuó demostrando las aptitudes y capacidades destacadas de su profesión, participando en importantes actividades deportivas como lo son los Torneos Bonaerenses, involucrando a jóvenes y adultos con el deporte;

QUE siempre ha realizado su trabajo de manera apasionante y comprometida, dejando una huella imborrable en todas aquellas personas que hemos tenido el agrado de conocerlo;

QUE en este difícil momento la Municipalidad de Saladillo se solidariza con familiares y amigos, con motivo de su fallecimiento, haciendo llegar sus condolencias;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades

D E C R E T A

ARTICULO 1: Adherir al duelo por el fallecimiento del Prof. Roberto Nicolás Spinelli, acaecido el día 29 de julio de 2022.

ARTICULO 2: Autorizar a la Oficina de Compras a realizar los trámites necesarios para solventar la compra de una ofrenda floral, en consecuencia del fallecimiento enunciado en el artículo primero.

ARTICULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y cumplido dar al Registro Oficial de Decretos.

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