29 de marzo de 2024

Provinciales 29/05/2020

El Gobierno nacional habilitó a las agencias de Lotería de la provincia

La novedad fue publicada este viernes en el boletín oficial

La novedad fue publicada este viernes en el boletín oficial. Sin embargo expresa que la provincia "deberá dictar las reglamentaciones necesarias autorizando la apertura de la misma en forma gradual y pudiendo limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas" e incluso dejarla sin efecto  "en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial".

El Gobierno nacional autorizó este viernes la reapertura de las agencias de Lotería en la provincia de Buenos Aires según se publicó en el Boletín Oficial.

A través de la decisión administrativa 919/2020 se exceptuó del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular, "al personal afectado a las agencias oficiales de lotería", en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. 

"Se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del Covid-19" indica el documento.  Asimismo, los desplazamientos de las personas alcanzadas por estas medidas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada.

Sin embargo la aplicación de la medida quedará condicionada a la decisión del gobierno bonaerense, tal como lo explica el artículo 3 del decreto:  "La Provincia de Buenos Aires deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de la actividad referida en el artículo 1°, autorizando la apertura de la misma en forma gradual y pudiendo limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus"

La excepción "podrá ser dejada sin efecto por el Gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial, y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia de COVID-19, debiendo comunicar tal decisión al Jefe de Gabinete de Ministros".

Fuente Infoeme 

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