24 de abril de 2024

Tapalque 15/09/2020

Homicidio de Tomás Echegaray: "La hipótesis más probable es que el disparo haya sido voluntario"

El hecho ocurrió en Tapalqué

Eso concluyeron los jueces de la Cámara Penal de Azul, al confirmar la prisión preventiva para Néstor Félix Hirtz, el estanciero que hace dos meses mató de un balazo con un revólver de grueso calibre a un amigo de sus hijos cuando, según él declarara, quiso hacerle una "broma". Los integrantes del máximo Tribunal de Alzada departamental avalaron la existencia del "dolo eventual" en aquel hecho. El encausado sigue preso en la Unidad 7.

"¿Quiso disparar o el disparo se le escapó?", se preguntó el camarista Carlos Pagliere (h) en el fallo donde el martes pasado fue ratificada la prisión preventiva para Néstor Félix Hirtz por el homicidio de Tomás Echegaray, un hecho que se produjo el pasado 5 de julio en Tapalqué.

La confirmación de esa medida cautelar para el encausado ofició como respuesta al interrogatorio formulado por el juez. Concretamente, en lo concerniente a que el estanciero quiso dispararle a la víctima no bien llegó aquel día a su casa, lo cual sucedió en el marco de lo que el encausado declarara que había sido "una broma".

La resolución de los integrantes del máximo Tribunal de Alzada departamental -el ya referido Pagliere (h) y su colega Damián Cini- avaló aquella medida cautelar dictada en primera instancia el mes anterior para el productor agropecuario de 66 años que sigue en la cárcel.

Del mismo modo que lo sostienen Marcelo Fernández -el fiscal que desde la UFI 1 con asiento en los Tribunales de Azul instruye esta causa- y Federico Barberena -el magistrado a cargo del Juzgado de Garantías 2 que también entiende en esa investigación penal- para los jueces de la Cámara no hay dudas de que aquella supuesta broma que Hirtz quiso hacerle a la víctima terminó siendo a escala penal un "homicidio con dolo eventual".

Varios tramos de esa resolución que EL TIEMPO diera a conocer en su edición web del miércoles que pasó ayudan a entender un poco más el enfoque que hasta el momento el caso viene teniendo a través del tamiz de las diferentes instancias judiciales por las que va a atravesando en formato de causa penal.

Mientras que unos días antes a que se conociera la resolución del máximo Tribunal de Alzada departamental los familiares y amigos de Tomás Echegaray habían realizado una pegatina con afiches en Tapalqué y Azul para recordarlo a dos meses de su muerte -que incluían imágenes del joven al que Hirtz le disparó y una consigna que señalaba que su deceso no estuvo ligado a un accidente- esa misma interpretación vienen haciendo hasta el momento el Fiscal a cargo de la causa, el Juez garante y los camaristas que ahora han ratificado la prisión preventiva para el imputado.

En ese contexto, de la mano del pronunciamiento más reciente con relación a este homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego es posible tener también -aunque ahora desde el enfoque de los jueces de la Cámara Penal- un acercamiento a esa hipótesis que diferentes actores de la Justicia Penal de Azul vienen esbozando con relación a lo sucedido durante las primeras horas de ese ya referido 5 de julio en la casa donde Hirtz vivía en Tapalqué. Una vivienda a la que Tomás había llegado, en su auto y acompañado por otro joven, para visitar a uno de los hijos del estanciero, que era su amigo.

Lo que dijeron en la Cámara Penal

Recorrer ese fallo que confirmó la prisión preventiva para Néstor Hirtz implica encontrarse en sus párrafos con diferentes consideraciones que lo ubican como el autor de este homicidio impregnado por esa ya referida circunstancia del "dolo eventual".

"La evaluación conjunta, armónica e integral de los elementos objetivos de convicción recolectados en la causa revelan -al menos con el grado de probabilidad positiva que se requiere en esta instancia- que Hirtz efectivamente quiso disparar su arma de fuego", escribió el juez Pagliere (h).

"Para llegar a esta conclusión valoro la suma de indicios concomitantes a su conducta, los que dan cuenta de la existencia de dicha voluntad", sostuvo también.

"En primer lugar -enumeró el camarista- cabe resaltar que Hirtz es una persona que sabe de armas de fuego y tiene un dilatado historial en su uso, por lo que no se puede adjudicar su disparo a la ignorancia o impericia propia de las personas inexpertas en el manejo de armas".

"Por lo pronto, tiene credenciales de legítimo usuario desde el año 1995, renovadas en 2003 y 2013. Además, registra a su nombre cuatro armas de fuego largas: un fusil de repetición marca BRNO calibre .30-06 (año 2009); un fusil tiro a tiro marca Remington calibre 7.62 (año 2003); una escopeta semiautomática Marca Huglu calibre .12 UAB (año 2014) y un fusil de repetición marca CZ calibre .223 PLG (año 2013); y 2 armas de fuego cortas: un revólver marca Colt calibre .38 que llevaba cargado entre los asientos de su vehículo automotor -con cinco proyectiles colocados había sido secuestrado en su camioneta el día en que le disparó a Tomás- y el revólver marca Smith & Wesson calibre .44 tipo Magnum, que fue el arma de fuego que disparó contra Echegaray y que la tenía cargada dentro de su domicilio, junto con una caja de cartuchos".

"Asimismo, obran testimonios en la causa que dan cuenta de que el imputado es aficionado a la caza con armas de fuego -algo que el propio Hirtz dijo en esa segunda indagatoria a la que fuera sometido ante el Fiscal- y que las utilizaba desde muchos años antes del momento de la ocurrencia del evento bajo trato".

"También surge de los testimonios recabados en la Investigación Penal Preparatoria que Hirtz era de empuñar y disparar armas de fuego sin necesidad que lo justificara o por mera diversión y que solía efectuar disparos al aire desde el jardín de su casa", se indica también en el fallo. "Y eso no es todo. De la causa se desprende que, además, Hirtz tenía por costumbre hacer 'bromas' -que sólo a él le causaban gracia-, las cuales consistían en esgrimir armas de fuego a terceros, e incluso disparar las mismas en dirección a las personas".

"Por todo lo expuesto, no es para nada descabellado afirmar que Hirtz tuvo la intención de hacer una 'broma' disparando su arma de fuego ante la llegada de Tomás Echegaray. Muy por el contrario, estando él habituado a hacer ese tipo de 'chanzas', resulta la hipótesis más probable, por tener firme sustento en la prueba producida", agregó el camarista que primero votó a la única cuestión planteada en este fallo.

Una resolución que terminó rechazando por "improcedente" el recurso de apelación presentado por los abogados Ricardo Boucherie y Juan Carlos Scirica para que a su defendido le fuera revocada la prisión preventiva que en primera instancia le había dictado el 10 de agosto pasado el juez de Garantías Federico Barberena.

Más consideraciones

"Obsérvese que el causante, previo a la llegada de Tomás Echegaray a su domicilio, planeó hacerle la 'broma', exteriorizándola a su hijo" Estanislao, el joven que después trasladó en una camioneta a su amigo al hospital de Tapalqué para que lo asistieran por el disparo que había recibido.

"Para ello, empuñó un revólver de alto poder vulnerante marca Smith & Wesson calibre .44 tipo Magnum, el cual se hallaba en condiciones inmediatas de ser disparado, dado que estaba cargado con 5 proyectiles, uno de ellos alineado al cañón y sin seguro colocado. Y utilizó el revólver -siguió relatando el juez Pagliere (h)- del modo en que lo haría alguien cuya intención es la de disparar: tomó el arma con su mano hábil (la derecha), apoyó su dedo índice sobre la cola del disparador (gatillo) y colocó su brazo en posición de tiro".

"Como corolario de toda esta conducta, Hirtz accionó la cola del disparador, lo cual, al exigir la aplicación de una fuerza de no poca importancia, nos habla a las claras de una voluntad de disparar, en contraposición a lo alegado por el encausado y sus defensores", se mencionó también en la resolución.

"En este punto damos por sentado que el arma fue utilizada en doble acción. Esto es, presionando el gatillo con la suficiente energía como para que se amartille y dispare. Si bien este extremo no ha sido objeto de pesquisa, la otra alternativa, que Hirtz hubiese amartillado el revólver -extremo que no consideramos acreditado por el principio de in dubio pro reo (beneficio de la duda)-, revelaría ya sin tapujos la intención de disparar".

"Frente a este sólido plexo probatorio que indica la voluntad de disparar, la Defensa argumenta que el disparo se produjo accidentalmente porque en la otra mano Hirtz traía un rociador de alcohol, siendo que la 'broma' consistía -así el estanciero lo había declarado- en exhibir el arma y accionar el rociador".

"Pero si así fuera, lo lógico hubiera sido que sostuviera el arma de fuego (que no pensaba utilizar) en la mano inhábil (izquierda) y el rociador (que pensaba gatillar) en la mano hábil (derecha). Sin embargo, lo hizo al revés. Además, si el imputado sólo quería asustar con el arma y gatillar el rociador, ¿por qué no descargó el arma? O lo que es más sencillo: ¿por qué no accionó el seguro? Y si no iba a gatillar el revólver, ¿por qué apoyó su dedo sobre la cola del disparador?", se preguntó también el camarista.

De la mano de ese enfoque, Pagliere (h) señaló que "la hipótesis más probable es que el disparo haya sido voluntario. Y por ende, que la 'broma' no consistía en exhibir el arma a Echegaray para luego rociarlo con alcohol -como alega Hirtz- sino exhibir el rociador con alcohol para luego asustarlo con el estruendo del arma de fuego".

"Habiendo establecido como hipótesis más probable que Hirtz tuvo la voluntad de disparar su arma de fuego, el dolo eventual de su accionar se torna patente. Ello así por cuanto, en base a la mecánica de lo acontecido, es un hecho comprobado que el imputado disparó un arma de fuego a sabiendas de que la víctima Tomás Echegaray se hallaba a muy corta distancia y se dirigía hacia él", puede leerse también en la resolución.

En otro tramo de ese fallo de la Cámara Penal que confirmó la prisión preventiva para el estanciero se menciona que "de la prueba no emerge ninguna motivación que haga pensar -al menos como hipótesis preponderante- que Hirtz tenía el propósito específico de herir o matar a Tomás Echegaray. Pero ello no quita que, para hacerle la 'broma', haya tenido la intención de dispararle cerca o 'hacerle un fino' (como se dice coloquialmente), pues de hecho es una 'broma' que el imputado ya había realizado antes a otras personas".

"Esta conducta de disparar hacia otro -al menos para hacer una 'broma'-, sabiendo que se deja fuera de control la ocurrencia de la muerte, resultado que queda librado al azar, hace que Hirtz, en su accionar, abarque la voluntad homicida", concluyó el camarista.

"Por ello, aunque sea cierto lo que alega la Defensa respecto de que Hirtz no tuvo el propósito o la finalidad de matar a Echegaray (que hubiese dado lugar a un dolo directo), ello no obsta a que la voluntad homicida esté igualmente contenida en su conducta de disparar contra la víctima, desinteresándose del resultado (que es lo que funda el dolo eventual)".

"Entonces, sea que su disparo haya dado en el cuerpo de Tomás Echegaray por una torpeza que lo hizo apuntar mal previo a disparar, o porque calculó mal los tiempos y la víctima se le aproximó más rápido de lo que esperaba, o porque la víctima se haya interpuesto en la línea de tiro ante el susto o por un movimiento inesperado casual -entre otras múltiples posibilidades-, lo cierto es que todas éstas son circunstancias que están fuera del control del tirador".

"De modo que, al gatillar su revólver a escasa distancia de Echegaray, Néstor Félix Hirtz desencadenó voluntariamente un curso causal lesivo cierto e incontrolable, en vista de que, más allá de sus cálculos -que no podían descartar la muerte-, la producción del resultado quedó supeditada a eventos azarosos que siempre estuvieron por fuera de su dominio", se indicó también en ese fallo que terminó ratificando la medida cautelar por la que el estanciero sigue preso.

EL DATO

En el fallo de la Cámara Penal se menciona que el delito de "homicidio simple calificado por el uso de arma de fuego" que le están imputando a Hirtz contempla una escala penal que va desde los diez años y ocho meses a los treinta y tres años y cuatro meses de prisión. También, que esa pena prevista, "tanto por su máximo como por su mínimo", se convierte por sí sola en un obstáculo para una supuesta excarcelación del imputado. Un beneficio que, de ser otorgado, redundaría en que el estanciero se sitúe ante "una fuerte presunción de elusión de la justicia". Específicamente, marcada por esa eventual condena que podría caberle si en el juicio que se haga persiste esa calificación penal que este hecho tiene hasta el momento.

Fuente: Diario El Tiempo

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